Según el TS, un comunero puede considerarse como empleado con contrato laboral de cara a aplicar los beneficios fiscales por empresa familiar
No debe rechazarse siempre el carácter laboral del contrato suscrito entre una comunidad de bienes y uno de sus comuneros por la sola circunstancia de que el contratado sea comunero, entendiéndose cumplida la exigencia del artículo 27.2 de la LIRPF cuando se suscriba un contrato de esa naturaleza.
Leer másSe modifica la Directiva del IVA para que los no establecidos en la UE que no utilicen el régimen IOSS nombren un representante fiscal
Los proveedores o los sujetos pasivos considerados proveedores no establecidos en la Unión y que no utilicen el régimen IOSS deben estar obligados a designar a un representante fiscal que asuma todas las obligaciones en materia de IVA relacionadas con todas las partidas de importaciones admisibles.
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